Cargando

Por favor, espere

Preguntas frecuentes

IFEMA MADRID, de conformidad con lo citado en la Disposición Adicional Decimosexta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público y en cumplimiento del principio de transparencia en la contratación y de eficacia y eficiencia de la actuación administrativa, fomentará y preferirá el empleo de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos contemplados en el citado texto legal, a tales efectos, se procederá a tramitar los expedientes por medios electrónicos, informáticos y telemáticos en todos los trámites propios de los expedientes de contratación, hasta su formalización, incluida la fase de presentación de ofertas y su valoración, las comunicaciones, requerimientos y notificaciones.

Es por ello, que,con base en la normativa indicada en el párrafo anterior por la que se regula el empleo de medios electrónicos en los procedimientos de contratación, los licitadores que concurran al Portal de Licitación Electrónica deberán presentar sus solicitudes de participación y proposiciones, la aportación de documentos, las comunicaciones y notificaciones entre licitador y órgano de contratación a través del Portal de Licitación Electrónica que IFEMA MADRID pone a su disposición.

En este Portal de Licitación Electrónica tienen a su plena disposición toda la documentación relativa a la tramitación en curso, así como un canal de comunicación directa con el órgano de contratación pública de IFEMA MADRID, donde responder peticiones de aclaración, presentar las ofertas y recibir las notificaciones, así como el ejercicio de cualesquiera otros derechos que la normativa aplicable al proceso de contratación en curso le confiera como licitante.

El Portal de Licitación Electrónica de IFEMA MADRID cumple íntegramente con todos los requisitos legales y técnicos dispuestos en la Ley de Contratos del Sector Público y demás normativa de desarrollo, garantizándose en todo momento que:

  1. No son discriminatorios, encontrándose a disposición del público de forma compatible con las tecnologías de la información y comunicación de uso general.
  2. Toda la información y las especificaciones técnicas necesarias para la presentación electrónica de las ofertas y solicitudes de participación se encuentran a disposición de todas las partes interesadas, siendo de uso general y amplia implantación.
  3. Los sistemas de comunicaciones para el intercambio y almacenamiento de información garantizan la igualdad entre los licitadores y la integridad de los datos transmitidos y que sólo los órganos competentes, en la fecha señalada para ello, puedan tener acceso a los mismos, o que en caso de quebrantamiento de ésta prohibición de acceso, la violación pueda detectarse con claridad.
  4. Las aplicaciones permiten acreditar la fecha y hora de su emisión o recepción de las comunicaciones, la integridad de su contenido y el remitente y destinatario de las mismas.
  5. Todos los actos y manifestaciones de voluntad de los órganos administrativos o de las empresas licitadoras o contratistas que tengan efectos jurídicos y se emitan en la fase de tramitación y adjudicación del contrato son autenticados mediante una firma electrónica reconocida de acuerdo con la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, garantizándose técnicamente que la firma se ajusta a las disposiciones de esta norma.
  6. El acceso a esta plataforma electrónica es gratuito y permite realizar la consulta y descarga de los pliegos del procedimiento, así como la presentación de proposiciones.

A continuación se enumeran un conjunto de preguntas frecuentes en los procesos de Licitación Electrónica.

Esta sección contiene preguntas frecuentes sobre el procedimiento de contratación pública. Si se le plantean preguntas de otro tipo, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

¿Qué es el Portal de Licitación Electrónica de IFEMA MADRID?

El Portal de Licitación Electrónica de IFEMA MADRID es el sistema que permite la presentación por medios electrónicos de ofertas y otros documentos para participar en las licitaciones de contratos públicos, a través de Internet, con todas las garantías legales de seguridad, confidencialidad de datos y secreto de ofertas.

IFEMA MADRID mediante esta plataforma agiliza la gestión interna y facilita los trámites administrativos.

Los licitadores pueden presentar los documentos de la tramitación, obtener información sobre el desarrollo del procedimiento y recibir notificaciones por medios electrónicos, evitando de esta manera los desplazamientos.

¿Qué necesito para poder presentar una oferta electrónica?

Utilizar un certificado de firma electrónica admitido por IFEMA, que se publicarán en el perfil del contratante, que podrá ser un certificado de firma electrónica de persona física o de representante de persona jurídica. Java de Oracle: Se trata de un componente fundamental para ejecutar la aplicación de elaboración y presentación de ofertas. El entorno Java deberá estar actualizado a la última versión.Autofirma: Este componente es necesario para llevar acciones de firma en el área privada del Portal de Licitación, por ejemplo, será necesario al aceptar o rechazar una notificación electrónica en el área privada del licitador.

Aplicación de presentación de ofertas: Para poder licitar electrónicamente es necesario descargar previamente la aplicación de presentación de ofertas. La aplicación permitirá al licitador crear ofertas sin necesidad de estar conectado a internet, y guardar sus cambios hasta que decida presentarlas electrónicamente. Acceder al Portal de Licitación Electrónica de IFEMA y seguir las instrucciones para la presentación electrónica de ofertas.

¿Qué tipos de certificados de firma se pueden utilizar?

Se pueden utilizar todos los certificados digitales admitidos por IFEMA MADRID, emitidos por los prestadores de servicios autorizados por el Ministerio de Economía y Empresa.
https://sedeaplicaciones.minetur.gob.es/Prestadores/Inicio.aspx?opcion=nc#,

¿Tengo que solicitar algún permiso para poder realizar los envíos electrónicos?

No es necesario permiso especial; basta con que en el Pliego de Cláusulas Administrativas del contrato objeto de tramitación, se declare expresamente que se admite la presentación electrónica de ofertas, se descargue la aplicación de presentación de ofertas y se identifique correctamente en el sistema con su certificado de firma electrónica.

¿Cómo se presentan las ofertas electrónicamente?

Junto con la convocatoria de cada una de las licitaciones encontrará una opción que le permite descargar una "Solicitud" de oferta que contiene toda la información necesaria para preparar la oferta. Para abrir la solicitud debe haber descargado la aplicación de presentación de ofertas, que le permite preparar la oferta sin estar conectado a la plataforma.

¿Quién firma las ofertas?

Las ofertas y los demás documentos que requieran firma del licitador han de estar firmadas electrónicamente por quien ostente la representación suficiente para ello.En caso de que una oferta u otro documento que requiera firma haya de ser firmado por más de un apoderado, se deberán incorporar al documento las firmas electrónicas de todos los que deban intervenir.

La validez y suficiencia de esta representación se revisará por la Comisión de Compras en el momento en que proceda, que acordará la exclusión del licitador en caso de insuficiencia de la representación.

¿Puede una empresa registrarse y presentar una oferta con el DNI electrónico o un certificado físico de uno de los trabajadores?¿Ha de ser apoderado?

Sí, es posible.

Una vez firmada electrónicamente la oferta o cualquier otro documento que requiera firma, su presentación a través de la plataforma de licitación electrónica exigirá la utilización de un certificado de firma electrónica, sin que sea necesario que se corresponda con la de un representante legal o apoderado de la empresa licitadora.

¿Cómo se realizan las comunicaciones?

Los actos que hayan de notificarse, se comunicarán por correo electrónico.

Los que hayan de ser objeto de publicación, se publicarán en el perfil del contratante.

¿Puedo aportar copias digitalizadas de los documentos?

Sí excepto las garantías, en caso de ser exigidas.

En la aportación de las garantías solo se admitirá el documento original electrónico o en copia electrónica auténtica, de conformidad con el artículo 28.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas.

Así resulta de los apartados 3 y 4 del citado artículo 28, que disponen: Artículo 28. Documentos aportados por los interesados al procedimiento administrativo.

  1. De conformidad con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, los interesados podrán aportar al expediente, en cualquier fase del procedimiento, copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada. La Administración Pública podrá solicitar del correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias aportadas. Ante la imposibilidad de este cotejo y con carácter excepcional, podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos. Las mencionadas imágenes electrónicas carecerán del carácter de copia auténtica.
  2. Las imágenes electrónicas presentadas por los ciudadanos deberán ajustarse a los formatos y estándares aprobados para tales procesos en el Esquema Nacional de Interoperabilidad. En caso de incumplimiento de este requisito, se requerirá al interesado para la subsanación del defecto advertido, en los términos establecidos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  3. Las Administraciones no exigirán a los interesados la presentación de documentos originales, salvo que, con carácter excepcional, la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario.
    Asimismo, las Administraciones Públicas no requerirán a los interesados datos o documentos no exigidos por la normativa reguladora aplicable o que hayan sido aportados anteriormente por el interesado a cualquier Administración. A estos efectos, el interesado deberá indicar en qué momento y ante que órgano administrativo presentó los citados documentos, debiendo las Administraciones Públicas recabarlos electrónicamente a través de sus redes corporativas o de una consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto. Se presumirá que esta consulta es autorizada por los interesados, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa o la ley especial aplicable requiera consentimiento expreso, debiendo, en ambos casos, ser informados previamente de sus derechos en materia de protección de datos de carácter personal. Excepcionalmente, si las Administraciones Públicas no pudieran recabar los citados documentos, podrán solicitar nuevamente al interesado su aportación.
  4. Cuando con carácter excepcional, y de acuerdo con lo previsto en esta Ley, la Administración solicitara al interesado la presentación de un documento original y éste estuviera en formato papel, el interesado deberá obtener una copia auténtica, según los requisitos establecidos en el artículo 27, con carácter previo a su presentación electrónica. La copia electrónica resultante reflejará expresamente esta circunstancia.
  5. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, las Administraciones podrán solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por el interesado, para lo que podrán requerir la exhibición del documento o de la información original. El precepto transcrito es de aplicación, de conformidad con la ley 9/2017, de contratos del sector pú blico prevé , en su Disposición Adicional décimo sexta:
    Disposición adicional decimosexta. Uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos regulados en la Ley
    El empleo de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos contemplados en esta Ley se ajustará a las normas siguientes:
    En los procedimientos de adjudicación de contratos, el envío por medios electrónicos de las ofertas podrá hacerse en dos fases, transmitiendo primero la huella electrónica de la oferta, con cuya recepción se considerará efectuada su presentación a todos los efectos, y después la oferta propiamente dicha en un plazo máximo de 24 horas. De no efectuarse esta segunda remisión en el plazo indicado, se considerará que la oferta ha sido retirada.
    Se entiende por huella electrónica de la oferta el conjunto de datos cuyo proceso de generación garantiza que se relacionan de manera inequívoca con el contenido de la oferta propiamente dicha, y que permiten detectar posibles alteraciones del contenido de esta garantizando su integridad. Las copias electrónicas de los documentos que deban incorporarse al expediente, deberán cumplir con lo establecido a tal efecto en la legislación vigente en materia de procedimiento administrativo común, surtiendo los efectos establecidos en la misma.

¿Se pueden descargar directamente los pliegos de condiciones de todas las convocatorias publicadas?

En este portal se publica la información de convocatorias concretas (secciones Pliego de condiciones, Criterios de adjudicación y Documentos requeridos).

Se puede acceder al pliego de condiciones en este sitio web tan pronto como se publique la convocatoria.

¿Cómo saber si se ha publicado alguna corrección de errores para una convocatoria concreta?

Las correcciones de errores de los anuncios o Pliegos se publican también en el Perfil de Contratante. En caso de haber una corrección de errores, la convocatoria (sección Ver Detalles) presentará un enlace directo a la corrección de errores.

Si ha sido seleccionado para participar en un procedimiento restringido o diálogo competitivo, la suscripción a las actualizaciones y recordatorios se activará de forma automática, una vez concedido el acceso al pliego de condiciones.

¿Cómo preparar la solicitud de participación en una convocatoria?

Si desea participar en una convocatoria con arreglo a un procedimiento restringido o negociado, un diálogo competitivo o una convocatoria de manifestación de interés, deberá presentar primero una solicitud de participación. Todos los documentos y los datos que deben adjuntarse a la solicitud de participación se enumeran en el anuncio publicado en el Perfil del Contratante.

¿Hay un plazo para pedir información adicional y recibir una respuesta?

Se puede solicitar u obtener información adicional y respuesta a las preguntas durante los plazos establecidos en los pliegos de licitación.

Nuestra empresa ha sido invitada para presentar oferta a un expediente negociado sin publicidad, pero al intentar acceder al Portal de Licitación Electrónica, tras seleccionar el certificado no aparece el expediente al que tenemos que presentar oferta

Si accede mediante un certificado jurídico (o de representante), en éste tiene que constar el CIF de la empresa que ha sido invitada a licitar.

Si accede mediante un certificado físico, el NIF del certificado tiene que estar dado de alta como representante de la empresa invitada a la tramitación.

En el siguiente enlace puede obtener información sobre los certificados válidos para licitar .

¿Quién tiene acceso a mis datos?

La aplicación de presentación electrónica de ofertas cifra todos los datos que se presentan a través de esta plataforma para proteger su confidencialidad e integridad. Únicamente el personal autorizado de IFEMA tendrá acceso a los datos introducidos. Los datos se tratarán con el único propósito al que estén destinados. En todo caso, de acuerdo con la normativa de protección de datos de carácter personal.

¿Es posible acceder a la convocatoria una vez concluida, o cuando se haya adjudicado el contrato?

Una vez que se adjudica el contrato, las licitaciones quedan cerradas, y esto se notifica a todos los participantes en la convocatoria. El anuncio de la adjudicación del contrato se publica en el Perfil del Contratante.

¿Hay un plazo para pedir información adicional y recibir una respuesta?

Se puede solicitar u obtener información adicional y respuesta a las preguntas durante los plazos establecidos en los pliegos de licitación.

IFEMA MADRID contestará a las preguntas que se reciban hasta el plazo máximo de 5 días hábiles anteriores a la fecha límite de presentación de la documentación establecida en el anuncio de licitación, no admitiéndose la formulación de consultas una vez transcurrido el mencionado plazo máximo.

¿Cómo obtener ayuda si se produce una incidencia durante el proceso de contratación?

Ver información de Soporte técnico .